“EE.UU. aprueba presupuesto de defensa 2026” El Congreso de EE.UU. ordena al Pentágono informar sobre interceptaciones de Fenómenos UAPs

La NDAA 2026 institucionaliza el estudio de los UAP y exige transparencia en interceptaciones militares, marcando un hito en la desestigmatización del fenómeno.

En un giro histórico que refleja una evolución significativa en la postura oficial, el Congreso de los Estados Unidos ha incorporado disposiciones concretas y exigentes sobre los Fenómenos Aéreos No Identificados (UAP, por sus siglas en inglés) en su principal pieza legislativa de defensa. La Ley de Autorización de Defensa Nacional para el año fiscal 2026 (NDAA 2026) no solo refuerza el marco de investigación, sino que obliga a los comandos militares más sensibles del país a reportar interceptaciones de estos objetos, centraliza la recopilación de datos y revisa los protocolos de clasificación. Este movimiento consolida el tránsito de un tema tabú a un asunto de seguridad nacional sujeto a supervisión legislativa.

Un Mandato Directo a los Centinelas del Espacio Aéreo

La sección más destacada, la 1671, constituye un mandato sin precedentes. Ordena al Comando de Defensa Aeroespacial de América del Norte (NORAD) y al Comando Norte de los Estados Unidos (USNORTHCOM) que informen de manera detallada y clasificada sobre cualquier interceptación de UAP que realicen. Estas entidades son los pilares de la defensa aérea y aeroespacial continental, responsables de detectar y responder a cualquier amenaza, desde misiles balísticos hasta aeronaves hostiles.

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La exigencia no se limita a futuros incidentes. La ley instruye específicamente que el primer informe incluya todas las interceptaciones ocurridas desde el 1 de enero de 2004, una ventana temporal que sugiere un intento del Congreso por auditar dos décadas de actividad potencialmente no documentada de manera centralizada. Los reportes deben contener el número, ubicación, naturaleza de los eventos y una descripción exhaustiva de los protocolos y datos recogidos durante las interceptaciones. Este requisito eleva el fenómeno UAP al mismo nivel operativo que otras amenazas aéreas convencionales, implicando que su potencial riesgo es tomado en serio en los más altos niveles de la estrategia de defensa.

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Centralización y Eliminación de Barreras Burocráticas

Preocupado por la fragmentación de información, el Congreso actúa mediante la sección 1672 para eliminar sistemas de reporte duplicados y solapados dentro del vasto aparato de defensa e inteligencia. Hasta ahora, diferentes ramas militares y agencias podían manejar protocolos propios, generando silos de información que dificultaban una comprensión unificada del fenómeno.

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La nueva disposición deroga mandatos de informes redundantes y clarifica que todos los elementos de la comunidad de inteligencia y del Departamento de Defensa deben poner sus datos relacionados con UAP a disposición inmediata de la Oficina de Resolución de Anomalías en Todos los Dominios (AARO), la oficina líder en la investigación. Esta unificación busca terminar con la confusión institucional y crear un flujo de información ágil y centralizado, condición indispensable para cualquier análisis de inteligencia riguroso y una evaluación de amenazas coherente.

Revisión del Hermetismo: Hacia una Clasificación Razonable

Quizás la disposición de mayor alcance a largo plazo sea la establecida en la sección 1673. Esta ordena al director de la AARO realizar, en un plazo de 180 días, un inventario completo de todas las guías de clasificación de seguridad que se aplican a la información sobre UAP. Posteriormente, se autoriza la creación de una matriz de clasificación consolidada para los programas relacionados.

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Este punto es profundamente significativo, ya que representa el primer cuestionamiento formal y autorizado por ley a las prácticas de clasificación que han rodeado este tema durante décadas. Implica un reconocimiento tácito de que parte de la información podría estar excesivamente clasificada, quizás sin una justificación de seguridad nacional clara. Si bien no garantiza una desclasificación masiva, establece un mecanismo para auditar y posiblemente racionalizar los niveles de secreto, respondiendo a las demandas de transparencia del público y de una fracción del propio legislativo.

La Institucionalización de lo Anómalo

Las disposiciones de la NDAA 2026 sobre UAP no abordan el origen de estos fenómenos, manteniendo deliberadamente un enfoque agnóstico centrado en la recolección de datos y la seguridad. Sin embargo, su mera existencia y el tono de sus mandatos marcan un punto de inflexión irreversible. El mensaje del Congreso es claro: los UAP son una realidad operativa que ocurre en espacios aéreos sensibles, interceptada por las fuerzas más elitistas del país, y como tal, debe ser tratada con el mismo rigor, recursos y supervisión que cualquier otra incógnita de la defensa nacional.

El fenómeno ha completado su tránsito desde los márgenes de la cultura popular y el secretismo militar hacia los pasillos del poder legislativo. Ya no se debate su existencia, sino cómo se gestiona, clasifica y comprende institucionalmente. La NDAA 2026 sienta las bases para que, por primera vez, ese proceso sea sistemático, auditado y, potencialmente, más transparente. El escrutinio oficial sobre lo que vuela en los cielos sin identificación ha sido, por ley, formalizado.

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